Artículos jurídicos para decidir con claridad
Artículos jurídicos y contenido educacional
Aquí reunimos los artículos jurídicos, las guías y los videos cortos que escribimos sobre fiscalidad internacional, residencia en Panamá, estructuración corporativa, banca y bienes raíces. Publicamos lo que más nos preguntan en consulta y actualizamos cuando cambia una norma.
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Contenido jurídico en video: lo que explicamos en consulta, en 60 segundos
También publicamos videos cortos en nuestro canal de YouTube, organizados por temporada. De hecho, son el complemento en imagen de los artículos jurídicos que ya publicábamos aquí.
Cada video responde una sola duda: si eres residente fiscal, qué te va a pedir el banco o cuándo conviene una fundación de interés privado. Así puedes ver el tema en un minuto y, si te interesa, luego leer el artículo completo con las fuentes citadas.
Preguntas frecuentes sobre contenido jurídico educacional
¿Qué pasa si cambia mi residencia fiscal después de abrir una cuenta bancaria en Panamá?
Debe informar al banco y actualizar su información fiscal. El cambio de residencia puede afectar las obligaciones de reporte bajo el CRS, pero no significa necesariamente que deba cerrar su cuenta.
¿Cómo puedo corregir una clasificación CRS incorrecta de mi empresa?
Debe revisar nuevamente la actividad, ingresos y estructura de la empresa y comunicar la clasificación correcta a la institución financiera. Dependiendo del caso, puede ser necesario presentar una nueva autocertificación y documentación de respaldo.
¿Puede una empresa panameña ser considerada residente fiscal de otro país aunque esté constituida en Panamá?
Sí. Otro país podría considerarla residente fiscal si, según sus propias normas, la dirección o administración efectiva de la empresa se encuentra en su territorio. Por eso, no basta con analizar dónde está constituida la sociedad.
¿Qué sucede con los bienes de una Fundación de Interés Privado si cambia uno de sus beneficiarios?
El cambio de un beneficiario no implica automáticamente transferir o vender los bienes de la fundación. El procedimiento dependerá de lo establecido en la Carta Fundacional, el Reglamento y las facultades de sus órganos.