Sociedad offshore en Panamá, Delaware o Florida: la comparativa fiscal que deberías leer antes de firmar

Sociedad offshore

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Hay un dato que cambió el 14 de agosto de 2026 y que casi ninguna comparación entre Delaware, Florida y Panamá tiene todavía incorporado. Ninguna. Si estás evaluando abrir una sociedad offshore, no es un detalle menor: tumba de un solo golpe uno de los argumentos que más se usa para venderte una empresa en Estados Unidos, y al mismo tiempo abre una puerta que muchos empresarios latinoamericanos ni sabían que existía.

Te lo cuento más abajo, con fecha, nombre de la regla y quién la firmó. Pero vamos por partes, porque si empiezo por ahí te vas a perder lo importante.

Respuesta corta, para el que anda apurado: Delaware y Florida gravan renta mundial. Panamá solo grava lo que se produce dentro del país. Delaware cobra 8.7% de impuesto estatal sobre utilidades netas, Florida 5.5%, y Panamá 25% pero únicamente sobre renta de fuente panameña. La diferencia real entre una sociedad offshore y otra, sin embargo, casi nunca está en la tasa. Está en lo que te cuesta mantener viva esa estructura cada año.

La pregunta que casi nadie hace antes de abrir una sociedad offshore

La mayoría de la gente llega con la pregunta equivocada. Llega preguntando «¿dónde abro la empresa?», como si fuera escoger entre tres restaurantes del mismo mall.

Y es que la pregunta buena es otra, y es incómoda: ¿qué va a hacer esta empresa, dónde vives tú fiscalmente, dónde están tus clientes y quién va a firmar los papeles cada año?

Porque ahí es donde se cae el 90% de las sociedades offshore que vemos llegar a la oficina ya armadas. No se caen por la tasa de impuesto. Se caen porque el dueño vive en Bogotá, la empresa está en Delaware, el contador está en Miami, el banco está en Panamá y nadie, ni uno solo de esos cuatro, tiene el mapa completo. Cada quien resolvió su pedacito. El resultado es un rompecabezas armado con piezas de tres cajas distintas.

La verdad es que esto pasa más de lo que uno quisiera. Y casi siempre se descubre tarde: cuando el banco pide el organigrama de la estructura, cuando llega una carta del IRS, o cuando el agente residente en Panamá avisa que va a renunciar porque nunca le entregaron los registros contables.

Sociedad offshore, LLC o corporación: Delaware, Florida y Panamá lado a lado

Esta es la foto actualizada a agosto de 2026. Léela con calma, que después la desarmamos fila por fila.

AspectoDelaware (EE. UU.)Florida (EE. UU.)Panamá
Impuesto sobre la renta corporativa8.7% estatal sobre utilidades netas, más el federal5.5% estatal, con los primeros 50,000 dólares de renta neta exentos, más el federal25%, pero solo sobre renta de fuente panameña
Régimen fiscalMundial: grava ingresos globalesMundial: grava ingresos globalesTerritorial: lo generado fuera de Panamá no tributa aquí
DividendosRetención federal de hasta 30% a no residentes, menos si hay tratadoIgual: retención federal de hasta 30% a no residentes10% si vienen de renta panameña, 5% si vienen de renta extranjera o exenta, 20% en acciones al portador. Sin aviso de operación ni renta local, no aplica
Impuesto al consumoSin sales tax estatal, pero existe el gross receipts tax sobre ventas dentro del estadoSales tax de 6% estatal más recargo del condado (promedio combinado cercano a 7%)ITBMS de 7% en bienes y servicios locales
Ganancias de capital extranjerasGravadas en EE. UU.Gravadas en EE. UU.Exentas si son de fuente extranjera
Mantenimiento anual mínimoLLC: 300 dólares fijos al 1 de junio. Corporación: desde 175 dólares de franchise tax más 50 de informe anual, al 1 de marzoInforme anual estatal más obligaciones federales y de sales tax si vende dentro del estadoTasa única anual de 300 dólares por sociedad, más agente residente
Reportes obligatorios aunque no factureSí: la LLC de dueño extranjero presenta formulario 5472 con un 1120 pro forma, aunque no haya tenido actividadSí, según la figura societaria y la actividadSí: registros contables entregados al agente residente antes del 30 de abril de cada año
PrivacidadAlta a nivel estatal. Desde agosto de 2026 ya no hay reporte federal de beneficiario final para entidades estadounidensesMenor: el registro estatal es más abierto y operativoRegistro de beneficiario final privado, accesible a autoridades competentes, no al público
Percepción de riesgo paísEstados Unidos, calificación AAAEstados Unidos, calificación AAAPanamá en BB+ con perspectiva estable, según la revisión de Fitch de diciembre de 2025, reafirmada en su actualización de julio de 2026

Hasta aquí, la tabla clásica. Ahora viene lo que la tabla no te dice.

Delaware: flexibilidad corporativa con papeleo federal encima

Delaware es la jurisdicción corporativa más usada de Estados Unidos, y no es casualidad ni marketing. Tiene una corte especializada en asuntos empresariales, la Court of Chancery, con décadas de jurisprudencia acumulada. Si mañana te peleas con tu socio, hay un cuerpo de decisiones que te dice, con bastante precisión, cómo va a terminar el pleito. Eso vale plata.

Su franchise tax también es más amigable de lo que la gente cree, siempre que sepas calcularla. Una corporación puede escoger entre dos métodos: el de acciones autorizadas, con un mínimo de 175 dólares, o el de valor par asumido, con un mínimo de 400. El estado te factura por el método que dé más alto, pero tú tienes derecho a recalcular y pagar el menor. Hay startups que reciben una factura de decenas de miles de dólares y terminan pagando 400 legítimamente, solo porque alguien se sentó a hacer el cálculo bien.

Ojo con la fecha, eso sí: las corporaciones pagan al 1 de marzo, las LLC al 1 de junio. Llegar tarde cuesta 200 dólares de multa más 1.5% de interés mensual, y te saca del estatus de buena reputación. Sin ese estatus no cierras una ronda, no firmas ciertos contratos y no vendes la empresa.

Florida: para el que sí va a operar en suelo estadounidense

Florida tiene sentido cuando hay operación real: oficina, empleados, inventario, clientes que pagan desde allá. La tasa corporativa estatal es de 5.5% y los primeros 50,000 dólares de renta neta quedan fuera, lo que en negocios pequeños se siente bastante.

Y hubo un cambio bueno que poca gente latinoamericana registró: Florida eliminó el impuesto sobre el alquiler comercial a partir del 1 de octubre de 2025. Era el único estado del país que cobraba sales tax sobre la renta de locales y oficinas. Si tu plan incluía alquilar espacio allá, ese renglón desapareció del presupuesto.

Lo que no desapareció es el sales tax del 6% más el recargo de cada condado, que puede llevarte por encima del 7%. Si vendes producto físico, eso lo cobras, lo declaras y lo remites. Con su calendario, sus formularios y sus multas.

Sociedad offshore en Panamá: territorial de verdad, pero con contabilidad obligatoria

Aquí es donde hay que ser honesto, porque el marketing de «Panamá offshore» quedó anclado en el año 2005 y la ley cambió mucho desde entonces.

Sí, el régimen es territorial. Si tu sociedad offshore panameña vende servicios a clientes en Chile, con el trabajo hecho fuera de Panamá, esa renta no tributa impuesto sobre la renta aquí. Eso es real y sigue vigente. Panamá tampoco tiene reglas de sociedades extranjeras controladas ni una norma general antielusión, aunque sí tiene reglas de precios de transferencia alineadas con la OCDE.

Pero de ahí a «no hay que hacer nada» hay un abismo. Desde la ley 52 de 2016, reforzada por la ley 254 de 2021, toda sociedad y fundación panameña, incluso las que no operan dentro del país, incluso las que solo tienen un apartamento a su nombre, debe mantener registros contables y entregarlos a su agente residente antes del 30 de abril de cada año.

¿Y si no lo haces? Las multas para la persona jurídica van desde 5,000 hasta 1,000,000 de dólares. La Dirección General de Ingresos puede pedirle al Registro Público que suspenda los derechos corporativos de la sociedad. Y una sociedad suspendida no puede hacer absolutamente nada: no firma, no vende, no traspasa, no se disuelve. Queda congelada justo cuando más la necesitas.

Súmale la tasa única anual de 300 dólares por sociedad. Barata, sí. Pero si se te acumulan años, entra recargo por mora y una multa de reactivación de 1,000 dólares para salir del hueco.

El costo escondido de una sociedad offshore: lo que no aparece en las comparativas de internet

Esta es la parte que cambia decisiones. Las tres jurisdicciones tienen un «impuesto invisible» que nadie te muestra en la propuesta comercial: el costo de mantener viva una sociedad offshore cada año.

El formulario 5472, el que agarra desprevenidos a todos

Si eres extranjero y tienes una LLC de un solo miembro en Estados Unidos, el IRS la trata como entidad ignorada. Suena bien. Suena a «no declaro nada».

No es así. Esa LLC tiene que presentar cada año el formulario 5472 acompañado de un formulario 1120 pro forma, reportando las transacciones con partes relacionadas. Y esto aplica aunque la LLC no haya tenido ingresos, ni actividad, ni un solo movimiento en el año.

¿La multa por no presentarlo? 25,000 dólares.

Léelo otra vez. Veinticinco mil dólares por un formulario informativo que muchos ni sabían que existía. Es, de lejos, el error más caro que vemos en estructuras armadas por cuenta propia con un tutorial de YouTube.

Las reglas de tu propio país, que sí te siguen

Panamá no tiene reglas de sociedades extranjeras controladas. Perfecto. Pero tu país sí las tiene, y eso es lo que de verdad importa.

Colombia, México, Brasil, España, Estados Unidos y buena parte de los países desarrollados tienen normas que, cuando un residente fiscal controla una sociedad en el exterior, le atribuyen las rentas de esa sociedad directamente a la declaración personal del dueño. No importa si la plata se quedó allá afuera. No importa si no se distribuyó.

Y es que abrir una sociedad en Panamá o en Delaware no te saca de tu país. Si sigues siendo residente fiscal en Medellín, sigues rindiéndole cuentas a la DIAN, tengas la empresa donde la tengas. El único movimiento que cambia esa ecuación es cambiar tu residencia fiscal de verdad, con todo lo que implica.

El cálculo que sí deberías hacer

Antes de escoger, siéntate con una hoja y suma: constitución, agente residente, contabilidad, declaraciones informativas, tasa anual, renovaciones, y las horas de alguien coordinando todo eso. Compara ese total, no la tasa nominal.

Nos ha pasado más de una vez: un cliente llega convencido de que Delaware le sale «más barato» porque la LLC paga 300 dólares al año. Cuando sumamos el agente registrado, la contabilidad para el 5472, el 1120 pro forma y el riesgo de la multa de 25,000 dólares si alguien se duerme, el número queda muy por encima de lo que costaba mantener una sociedad offshore panameña bien llevada.

Lo que cambió el 14 de agosto de 2026

Aquí está lo que te prometí al principio.

Durante años, uno de los argumentos más fuertes contra las estructuras estadounidenses fue el Corporate Transparency Act: la obligación de reportar el beneficiario final a FinCEN, con casi 32 millones de entidades dentro del alcance. Mucha gente decidió no abrir en Estados Unidos precisamente por eso.

Pues bien. El 11 de agosto de 2026, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de FinCEN, emitió una regla final que elimina de forma permanente la obligación de reportar beneficiario final para las empresas estadounidenses y para las personas estadounidenses. La regla entró en vigor el 14 de agosto de 2026, al publicarse en el Federal Register. FinCEN además anunció que borrará de su base de datos la información que ya habían reportado personas estadounidenses.

Traducido a la vida real: si constituyes hoy una LLC en Delaware o una corporación en Florida, esa entidad ya no reporta beneficiario final a FinCEN. Punto.

Pero antes de que salgas corriendo a abrir una LLC, dos matices que importan mucho:

Primero: las entidades extranjeras registradas para hacer negocios en Estados Unidos sí siguen reportando, y deben informar a los beneficiarios finales que no sean personas estadounidenses. O sea, si tu sociedad panameña se registra para operar en Florida, esa obligación te toca.

Segundo, y este es el grande: la regla de debida diligencia del cliente que aplica a los bancos sigue intacta. El registro federal desapareció; el interrogatorio del banco no. Cuando vayas a abrir la cuenta, te van a pedir igual quién es el dueño real, de dónde sale el dinero y cómo está armada la estructura. Menos papeleo con el gobierno no significa menos preguntas del banco.

Y es que ahí está la trampa de fondo: la gente confunde privacidad con opacidad. La privacidad es legítima y se puede diseñar. La opacidad, hoy, simplemente ya no existe en ninguna de las tres jurisdicciones.

¿Y Panamá sigue en listas? Hablemos claro

Esta pregunta llega en casi toda consulta, así que va sin rodeos y sin adornos.

Lo bueno: Panamá salió de la lista gris del GAFI en octubre de 2023. Y en 2024 la Comisión Europea concluyó que el país corrigió las deficiencias de su régimen contra el blanqueo de capitales, lo que llevó a su salida de la lista europea de terceros países de alto riesgo, confirmada por el Parlamento Europeo en julio de 2025.

Lo que falta: Panamá continúa en la lista de la Unión Europea de jurisdicciones no cooperadoras en materia fiscal, donde está desde 2021. En la revisión del 17 de febrero de 2026, la UE mantuvo al país en el listado. Estar ahí no trae sanciones económicas directas, pero sí limita el tránsito de fondos europeos a través de entidades panameñas, y algunos bancos y contrapartes lo toman en cuenta.

Lo que se está moviendo: el país aprobó la ley 526, publicada en Gaceta Oficial, que exige a determinados grupos multinacionales demostrar presencia económica real en Panamá cuando generen ingresos pasivos. Es uno de los compromisos asumidos frente a la UE de cara a una nueva evaluación técnica prevista para octubre.

¿Por qué te cuento esto si soy parte de una firma panameña? Porque prefiero que lo sepas por nosotros y no por el oficial de cumplimiento de tu banco. Panamá sigue siendo una plataforma competitiva para una sociedad offshore y tiene fundamentos sólidos: dolarización, crecimiento proyectado en 4% para 2026 según Fitch y una posición logística que ningún otro país de la región tiene. Pero no es una alfombra mágica. Es una jurisdicción seria, con reglas, y funciona mucho mejor cuando se usa como lo que es.

Cómo escoger sin adivinar: las cinco preguntas

Cuando alguien nos escribe preguntando «¿Delaware o Panamá?», nosotros devolvemos estas cinco. Contéstalas y la respuesta prácticamente se arma sola. Si quieres ver más casos aplicados, tenemos otros artículos sobre negocios en Panamá.

1. ¿Dónde eres residente fiscal hoy, y piensas seguir siéndolo?
Es la pregunta madre. Todo lo demás depende de esta.

2. ¿Dónde está el cliente y dónde se ejecuta el trabajo?
En un régimen territorial, esto define si la renta es de fuente extranjera o no. No lo define el banco que recibe el dinero ni el pasaporte del dueño: lo define qué actividad produjo el ingreso y dónde ocurrió.

3. ¿La empresa va a tener activos o solo va a facturar?
No es lo mismo una sociedad que factura servicios que una que va a tener un apartamento, una cuenta de inversión y tres hijos como beneficiarios. Para lo segundo, muchas veces la figura correcta no es una sociedad, sino una fundación de interés privado.

4. ¿Quién firma el cumplimiento anual, con nombre y apellido?
Si no puedes contestar esto en dos segundos, ya tienes un problema. Las estructuras no se caen el día que se abren. Se caen en el año tres, cuando nadie se acuerda de quién presenta qué.

5. ¿Qué banco te va a abrir la cuenta, y ya lo confirmaste?
Hemos visto sociedades perfectamente constituidas quedarse guardadas en un cajón porque ningún banco quiso abrirles cuenta con esa combinación de país, actividad y perfil del dueño. El banco no es el último paso: se piensa desde el primero.

Tres errores que vemos repetirse con la sociedad offshore

Una sociedad offshore quiere decir cero impuestos. No. Quiere decir que esa jurisdicción no grava cierta renta. Tu país de residencia opina distinto y opina primero.

Delaware es anónimo. Es discreto a nivel estatal, y desde agosto de 2026 tiene menos carga federal de reporte. Pero el banco pregunta igual, el IRS pide su formulario igual, y discreto nunca ha significado invisible.

Abro la empresa y ya. El día que se firma la escritura es el día uno de una obligación que se repite cada año. Constituir es fácil y barato. Mantener bien es lo que separa una estructura que sirve de una que se convierte en un dolor de cabeza carísimo.

Preguntas frecuentes

¿Si abro una sociedad en Panamá dejo de pagar impuestos en mi país?

No. Panamá no grava tu renta de fuente extranjera, pero tu país de residencia fiscal sí puede hacerlo a través de sus reglas de sociedades extranjeras controladas. Cambiar de empresa no es cambiar de residencia fiscal.

Sí. Si el dueño es extranjero, debe presentar el formulario 5472 con un 1120 pro forma aunque no haya facturado nada en el año. La multa por omitirlo es de 25,000 dólares, y además debe pagar 300 dólares de tasa anual.

Al contrario. Desde la ley 254 de 2021, toda sociedad panameña debe entregar sus registros contables al agente residente antes del 30 de abril. Las multas van de 5,000 a 1,000,000 de dólares y pueden suspenderle los derechos corporativos.

Depende de dónde vives, dónde están tus clientes y qué va a hacer la empresa. Florida sirve si operas físicamente allá, Delaware si buscas estructura corporativa flexible, y Panamá si el ingreso es de fuente extranjera. Puedes revisar más casos aplicados en nuestros artículos.

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